martes, 7 de agosto de 2018

Derecho a la libre asociación



Derecho a la libre asociación

Código de la niñez y adolescencia

Toda persona menor de edad tendrá el

derecho de asociarse libremente con otras personas con cualquier fin lícito, salvo fines

políticos y los que tuvieran por único y exclusivo el lucro.


Constitución Política

Todos tienen derecho de reunirse pacíficamente y sin armas, ya sea para negocios privados , o para discutir asuntos políticos y examinar la conducta publica de los funcionarios. Reuniones en recintos privados no necesitan autorización previa. Las que se celebren en sitios públicos serán reglamentadas por la ley.

 

 

Comparación

En si los dos derechos se parecen mucho, tienen pequeñas diferencias, una de ellas seria que para los menores de edad no se pueden reunir por motivos de política o algo que este relacionado con ello.
Ambos tienen el derecho de poder reunirse pacíficamente y poder discutir sobre distintos temas.











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